Neutralidad en la red ¿de qué estamos hablando?
«Argentina cuenta con normas vigentes que, si bien no tienen el estatuto de ley, garantizan la «neutralidad en la red» de forma explícita. La Secretaría de Comunicaciones a cargo de Norberto Berner estableció en su Resolución 05/2013 que los prestadores de servicios de telecomunicaciones deben “garantizar a cada usuario un acceso que de ningún modo distinga, bloquee, interfiera, discrimine, entorpezca, degrade, o restrinja arbitrariamente la recepción o el envío de información”, según se lee en su Artículo 2º.»
Así, con la neutralidad garantizada, la elaboración de un proyecto de ley consensuado sería mucho más rico si contemplara la regulación de Internet en su conjunto, con una discusión pública, abierta y participativa que contemple cuestiones sensibles como la privacidad online de las personas, la protección de los datos personales, respuestas al espionaje o la ciberseguridad como cuestión de Estado, entre otras cosas.
¿Dónde deben almacenar las compañías que operan en Argentina los datos de los argentinos? ¿A quién pertenece la información que volcamos en Facebook y qué derechos tenemos sobre ellos? ¿Con quien puede compartir Gmail los contenidos de nuestros correos? ¿Puede o no Microsoft revisar sin nuestro permiso las fotos que guardamos en sus servidores? ¿Tiene derecho Dropbox a eliminar las canciones que almacenamos allí? ¿La capacidad judicial de dirimir éstas y otras cuestiones le cabe al país en donde estas empresas tienen sus sedes o en el que operan sus usuarios?
Dice Martiniano Nemirovsci en esta gran nota de Télam